De nuevo sobre Vodanovic, el civilista (no el animador)

El miércoles 24 de abril de 2019, en el Palacio de los Tribunales, se presentó el libro Tratado de Derecho Civil. Fuentes de las Obligaciones. Parte general, editado por Ediciones Jurídicas de Santiago, cuyo autor es Antonio Vodanovic Haklicka (1916-2005), y que ha sido actualizado por los profesores Carolina Riveros, Gonzalo Ruz y Luis Vargas.

Este acontecimiento nos da pie para contar la historia de esta obra que ha formado a generaciones de abogados. La primera edición, con el título Curso de Derecho Civil, se hizo en cuatro tomos que se publicaron desde 1939 a 1942, bajo el sello editorial Nascimento, que en esa época era dirigida por su dueño don Carlos Georges Nascimento. Las materias fueron distribuidas de la siguiente manera: parte preliminar y general: tomo I; persona y bienes: tomo II; obligaciones: tomo III, y fuentes de las obligaciones: tomo IV.

Como hemos explicado en otro post de este blog (ver), siendo Vodanovic un veintiañero estudiante de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, de provincia y poco conocido, se ideó una fórmula para darle un mayor prestigio a la obra y se editó como si fuera el mero redactor de explicaciones que se basaban en las clases de Arturo Alessandri Rodríguez y Manuel Somarriva Undurraga, ambos ya reconocidos próceres del Derecho Civil chileno.

En las portadas de los tomos del Curso de Derecho Civil, aparecía la frase “basado en las explicaciones de los profesores de la Universidad de Chile Arturo Alessandri Rodríguez y Manuel Somarriva Undurraga” y más abajo en letra de tamaño levemente menor: “Redactado y puesto al día por Antonio Vodanovic H.”. Esto se mantuvo en las ediciones que siguieron de la parte preliminar y general, en dos tomos, en los años 1945, 1961 y 1971, siempre por editorial Nascimento. En 1990 Antonio Vodanovic lleva su obra a una de las editoriales que por entonces se esforzaba por asentarse en el mercado de los libros jurídicos: Ediar Conosur. Aparece entonces como quinta edición, dos tomos con el título de Derecho civil: parte preliminar y parte general (1990-1991).

En 1998, el texto es ahora editado por la Editorial Jurídica de Chile, con dos grandes variaciones: se cambia el título por el de “Tratado” y se añade como tercer autor a Antonio Vodanovic. Sale a la luz así el Tratado de Derecho Civil. Partes preliminar y general, de Alessandri, Somarriva y Vodanovic en dos tomos. La misma Editorial sacaría una nueva edición, la séptima, también en dos tomos, en 2005, el mismo año en que el autor falleció.

Entre tanto, las materias relativas a bienes y a obligaciones fueron editadas aparte y como si fueran autónomas y no las componentes de una sola obra. Aún con el título general de Curso de Derecho Civil, aparece una cuarta edición del tomo relativo a los bienes y derechos reales, por Nascimento, en 1974. Más adelante, en 1993, como quinta edición, y con el título de Tratado de los Derechos Reales: Bienes, será editada por la Editoroal Jurídica de Chile, en dos tomos. En esta edición el nombre de Vodanovic se incorpora en tercer lugar bajo Alessandri y Somarriva, adelantando el criterio que se ocupará para los demás Tratados. Con el mismo título y formato, se volverá a editar en 1997.

Respecto de las obligaciones, según nuestras pesquisas, no hubo más ediciones que la primera del año 1940. Curiosamente, en 1970, se publicó un volumen titulado Derecho de Obligaciones, que aparece como de autoría exclusiva de Antonio Vodanovic H., esta vez por una poco conocida Ediciones Periodísticas y Estadísticas. Este libro, sin embargo, cubre sólo las nociones generales y la clasificación de las obligaciones. Pero entre el 2001 y el 2004, la Editorial Jurídica de Chile da a conocer la que señala es la 2ª edición, del Tratado de las obligaciones, con autoría nuevamente tripartita: Alessandri, Somarriva, Vodanovic, y compuesta de tres tomos.

Demás está decir que como afirma en algunas notas preliminares, el trabajo de actualización y puesta al día la realizó Vodanovic. En el prefacio a la edición de 1998 dice que ha sido él quien por largos años ha ido actualizando la obra de modo que puede decirse que ya es del todo nueva. A pesar de ello, en homenaje a que algunas ideas de los grandes maestros Alessandri y Somarriva conservan su lozanía, se les mantiene como coautores ahora junto con Vodanovic.

En estos años publicó como obra propia una síntesis del tratado dedicado a la Parte preliminar y general, y dio a la luz un obra más pequeña y útil para los alumnos a la que tituló Manual de Derecho Civil: Partes preliminar y general, y que se publicó por Conosur en dos tomos en 1996 y 1997. La misma editorial publicará una nueva edición de esta obra en 2001. Otros dos ediciones hará la sucesora de Conosur, LexisNexis, el año 2003 y, ya de manera póstuma, el 2006.

Después de la muerte de don Antonio sucedida el 24 de agosto de 2005, su Tratado no siguió reeditándose, hasta que, con autorización de sus herederos, Ediciones Jurídicas de Santiago tuvo la estupenda idea de reimprimir los Tratados dedicados a la Parte Preliminar y General, en dos tomos (2015), a las Obligaciones, en tres tomos (2016) y a los Derechos reales, en dos tomos (2016).

Ahora Ediciones Jurídicas de Santiago hace algo que ninguna editorial anterior había hecho, la de reeditar el cuarto tomo del originario Curso de Derecho Civil dedicado a las Fuentes de las Obligaciones, que fue publicado una única vez por Nascimento en 1942.

Se trata de una obra mucho menos conocida, pero no menos importante por las materias que trata, por la profundidad del análisis y por abordar temas que en ese entonces estaban en la vanguardia de la dogmática civil y que hasta nuestra época mantienen especial interés, como el autocontrato, los contratos de adhesión, la contratación dirigida, la autonomía de la voluntad y sus restricciones, la inoponibilidad, la simulación, la declaración unilateral de voluntad, las superpreferencias, el abuso del derecho y la responsabilidad civil del Estado.

Son más de 1.000 páginas en que se revisan todas las fuentes de las obligaciones, partiendo por los contratos. Respecto de ellos se contiene una parte general, en la que se vuelven a examinar con detalle los tópicos de la teoría del acto jurídico y se añaden materias propias de la teoría gemetal del contrato, como sus efectos y su interpretación. Además contiene un amplio tratamiento ­–quizás el más completo que existe hasta ahora en la literatura civil chilena– de los contratos en particular, donde se incluyen todos los contratos regulados en el Código Civil, a lo que se añade el estudio de la prelación de créditos.

Pero aún más: el libro contiene un estupendo tratamiento de los cuasicontratos y de los delitos y cuasidelitos en lo que es una muy lograda exposición de la responsabilidad extracontractual, que debe considerarse predecesora de la magnífica obra de Alessandri sobre la materia, publicada en 1943, es decir, al año siguiente. En ella se preanuncian algunas de las opiniones de este último, por ejemplo, en la interpretación del art. 2329 como una presunción de culpa por hecho hecho propio. Aquí el redactor pone en boca de Alessandri su idea y sus argumentos, que luego aparecerán en la obra editada de este último, aunque con otra redacción.

Esta segunda edición, por la información que aparece en la página web Libromar, contiene todo lo referido a la parte general de los contratos, que reproduce mucho de lo que se ve en la teoría del acto jurídico, aunque con más detalle. No se incluyen en la obra los contratos en particular, ni las demás fuentes de las obligaciones. Como aparece expresamente que se trata de un tomo I dedicado a la parte general de las fuentes, hemos de inferir que vendrán otros volúmenes a completar esta nueva edición con lo que no se alcanzó a cubrir en este primer volumen.

Habrá que esperar a tener el libro para analizar la labor de los actualizadores, pero conociendo la trayectoria y rigor académico de los profesores Riveros, Ruz y Vargas estamos ciertos de que se tratará de un trabajo de calidad.

Finalmente, hemos de decir que debe felicitarse a Ediciones Jurídicas de Santiago, por haber editado esta obra, atribuyéndola como autor solo a Antonio Vodanovic Haklicka, cuyo nombre ahora aparece en el encabezado de la portada, sin perjuicio de que se conserve con letra menor y después del título la típica frase: “basado en las explicaciones de los profesores Arturo Alessandri Rodríguez y Manuel Somarriva Undurraga”. Se ha llegado así a la solución que hemos propiciado para citar la obra, y que nos parece la más adecuada ya que, por una parte, evita que todas las opiniones contenidas en ella sean atribuidas indebidamente a Alessandri o a Somarriva, y, lo más importante, permite hacer justicia al trabajo de uno de los más relevantes civilistas del siglo XX y que no tuvo en vida el reconocimiento que merecía.

Ponemos el link con la información del libro que da Libromar.

http://www.libromar.cl/derecho-de-las-obligaciones/1558-tratado-de-derecho-civil-fuentes-de-las-obligaciones-parte-general-tomo-i.html?search_query=vodanovic&results=6

 

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One Comment en “De nuevo sobre Vodanovic, el civilista (no el animador)”

  1. Guillermo Says:

    Ya hay fallos que citan correctamente la obra: DECIMOCTAVO: Que, la doctrina ha destacado que los intereses de esta clase “se deben como resarcimiento por la mora en el pago de la deuda, y, como explica un maestro, representan la liquidación operada por la ley del daño que el incumplimiento de por sí produce al acreedor” (Vodanovic Haklicka, Antonio (2004). Tratado de las Obligaciones: del cumplimiento e incumplimiento de las obligaciones, de la protección de los derechos del acreedor, de la insolvencia y las formas de pago de los deudores insolventes [basado en las explicaciones de clases de Arturo Alessandri y Manuel Somarriva]. Santiago: Editorial Jurídica de Chile, p. 77); (STC Rol 3865).

    Vodanovic se lo merece; no fue solo un mero compilador de lo que Alessandri y Somarriva enseñaron en sus clases.

    Habrá que esperar la nueva versión. Sin duda, promete.

    Saludos


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